Artículo Disposición transitoria quintaDisposición transitoria quinta
Disposición transitoria quinta. Contratos de financiación y de garantía.
Los censales constituidos antes de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por las disposiciones que les son de aplicación de la Ley 6/2000, de 19 de junio, de pensiones periódicas.
Norma publicada: 15 de febrero de 2017